La Ley de Ciudadanía número LV (55) del año 1993, vigente desde el 1 de octubre de 1993 y su Decreto reglamentario 125/1993 (IX. 22.) se refieren a las solicitudes de adquisición de nacionalidad húngara (naturalización), la constatación de su subsistencia y de extinción de ese derecho. 
 
En virtud de la enmienda de la Ley de Cuidadanía –que entró en vigor el 1 de enero de 2011- se puede adquirir la nacionalidad húngara por un procedimiento simplificado siempre y cuando el solicitante cumpla con unas condiciones especiales. Para más información: https://www.kormanyhivatal.hu/hu/budapest/jarasok/egyszerusitett-honositasi-eljaras  
 
Consideraciones básicas
 
La Ley de Nacionalidad no tiene efecto retroactivo. Respecto a la nacionalidad húngara siempre son válidas las leyes vigentes en el momento de ocurrencia de los eventos o actos civiles – nacimiento, matrimonio, etc. (Por eso debemos tener en cuenta las leyes de nacionalidad ya derogadas). El „evento” definitorio más importante siempre es el nacimiento. Por ejemplo: si una persona nació en 1947, su derecho estaba regulado por la Ley número L (50) del año 1879. Según la misma, el hijo nacido del matrimonio hereda la nacionalidad del padre, el hijo natural la nacionalidad de la madre.
 
Quiénes son ciudadanos húngaros?
 
Son ciudadanos húngaros todas aquellas personas que adquirieron su nacionalidad por leyes anteriores y no la perdieron y también aquellas que son o serán ciudadanos según la ley vigente, hasta que su nacionalidad no se haya extinguido (según la ley actual, el matrimonio no afecta la nacionalidad de las mujeres). 
 
Nacionalidades múltiples
 
La legislación húngara acepta en general la existencia de nacionalidades múltiples (dobles). El ciudadano múltiple que posee nacionalidad húngara (y otra/s más), debe ser considerado en la práctica legal como simple ciudadano húngaro. Esta disposición no afecta la aplicación de las normas y usos internacionales referentes a la protección diplomática y consular de los ciudadanos múltiples.
 
Sustento legal de la nacionalidad húngara
 
El/la hijo/a de un ciudadano húngaro adquiere automáticamente la nacionalidad húngara por fuerza de la ley (por „IVS SANGVINIS”, derecho de sangre). Este derecho es independiente del lugar de nacimiento. La nacionalidad húngara puede ser ”heredada” indistintamente del padre o de la madre. Aunque su condición familiar haya sido regularizada a posteriori (reconocimiento paterno pleno, matrimonio posterior de los padres, determinación judicial de paternidad), el niño debe ser considerado ciudadano húngaro retroactivamente desde el momento de su nacimiento. 
 
Adquisición de la ciudadanía húngara 
 
La nacionalidad húngara puede ser adquirida (o recuperada) por naturalización, por restauración o con declaración.
 
Pérdida de la nacionalidad húngara
 
La nacionalidad húngara puede perderse por renuncia o puede ser quitada.
 
Documentos probatorios de la nacionalidad
 
Constituyen prueba plena de la nacionalidad húngara
 
  • documento de identidad húngaro vigente a nombre del ciudadano/a, 
  • pasaporte húngaro vigente o caducado hace menos de un año
  • certificado de nacionalidad válida (expedido hace menos de tres años) o
  • certificado de naturalización.
 
Procedimientos de nacionalidad
 
Todas las solicitudes referentes al derecho de nacionalidad se presentarán según el lugar de residencia del solicitante en el Registro Civil del municipio correspondiente al domicilio en Hungría o en el exterior en los Consulados húngaros.
 
Se consideran estos tipos de trámites:  
 
  • las solicitudes de naturalización o de restauración y las solicitudes de cambio de nombre asociadas a las mismas 
  • las declaraciones para recuperación de nacionalidad 
  • las declaraciones para naturalización (preferencial) 
  • las renuncias a la nacionalidad húngara 
  • las solicitudes de certificación de nacionalidad
 
La Oficina Gubernamental de la Capital Budapest (BFKH) recibe solicitudes para trámites de ciudadanía.  
 
Es necesario adjuntar a cada solicitud de nacionalidad la partida de nacimiento original del solicitante y la documentación original probatoria de su estado civil (y nombre actual). Los documentos redactados en idioma extranjero, deberán ser acompañados con una traducción certificada al húngaro. 
 
Las solicitudes de nacionalidad deben ser presentadas personalmente por cada solicitante. El Cónsul verificará la identidad del solicitante y certificará su firma. 
 
Las solicitudes de nacionalidad de personas con incapacidad o con capacidad restringuida pueden ser presentadas por su representante legal, pero niños mayores de 14 años con capacidad restringuida – deben ser entrevistados personalmente y deben firmar también las solicitudes.